Año: 18, Agosto 1976 No. 372

El Tratado Marco

Manuel F. Ayau

I

Cuando economistas oficiales hablan sobre la evolución del Mercado Común citan estadísticas de crecimiento de comercio inter-centroamericano, y, como dicho comercio creció, ipso facto, el Mercado Común es bueno

El principal crecimiento del comercio centroamericano siguió la terminación de carreteras. ¿Cuánto, entonces, se debe a las carreteras? Mientras no teníamos carreteras no nos debería extrañar que no hubiera comercio y para hacer carreteras no se necesita economía dirigida por consejos de ministros manejados por grupos técnicos internacionales.

Cualquier niño de primaria sabe que sin medios de comunicación no hay comercio posible. Debe, por lo tanto, interpretarse la estadística a la luz de este simple hecho.

Además, el rápido crecimiento que tuvo dicho mercado llegó a alcanzar un 5% del Producto Nacional Bruto de Centro América hace diez años y se estima en igual porcentaje para este año. Ello quiere decir que no ha crecido más rápido que el crecimiento normal general del área desde 1967.

Más aún, se estima que en el futuro será menor del 5%. Es por lo tanto, exagerado el pretender deslumbrar al público con el manipuleo de estadísticas por parte de los grupos técnicos con intereses creados en este experimento social, cuando simultáneamente, el comercio con el resto del mundo, a pesar de las barreras arancelarias aislacionistas, ha crecido desde 1967 a 1974 en 283% y el comercio centroamericano en 246%.

II

Mi comentario es sobre el concepto las raíces teóricas del modelo. El concepto de Integración Mercantilista es arcaico y falaz.

Sé que se está experimentando en todo el mundo. También hay pobreza en la mayoría del mundo, así que la generalización no prueba su bondad. No hay, que yo sepa, ningún texto de economía, de teoría económica (no de política económica) que sostenga que el beneficio del aislamiento de un área mediante protección arancelaria sea mayor que el costo. Más bien, todos los que he consultado confirman que la llamada Ley de Costos Comparativos, que demuestra que la tendencia hacia el autarquismo es empobrecedora y que la riqueza se deriva de la división del trabajo, sigue siendo cierta. Claro, hay mucha gente que cree que es falsa; pero en general, he podido comprobar que ellos no pueden refutar la tesis en sí, sino que simplemente aseveran que «en la realidad...». Es más, no pueden explicar la tesis que consideran falaz. Y creo en el fondo que la falta de comprensión de esa ley económica es la causa del análisis falaz en que se basa el concepto de este proyecto llamado Tratado Marco y otros fracasos similares.

Realmente esos convenios son por razones políticas no económicas. Padece este esquema nuevo de exactamente los mismos errores conceptuales que el Mercomún, con el agravante que se apegan nuevas medidas empobrecedoras. Se basa en el criterio a priori de que un país no se puede industrializar sin protección ni economía dirigida.

No sé si a los grupos técnicos se les ha ocurrido por lo menos discutir el modelo que más éxito ha logrado, en vez de inventar el agua azucarada.

Este ejemplo ha sido un mercado común de 13 a 50 estados soberanos, la mayoría de ellos más grandes hoy que toda Centro América junta y muchos de ellos chicos.

De este modelo caso histórico podemos aprender mucho, pues era subdesarrollado y ahora es el más desarrollado:

1) Con muy pocas excepciones, y siempre a niveles bajos, no pretendió industrializarse con protección arancelaria, ni a sacrificio de su agricultura. No podía ningún estado atrasado proteger a su industria infante, de la industria desarrollada de otros estados. (Cuando se ponen ejemplos, resulta que son buenos si apoyan la tesis y no son aplicables si la contradicen. Por ello, las técnicos descartarán este ejemplo que apoya mí tesis y encontrarán uno que sí se aplica porque apoya la de ellos).

2) No unificaron legislación. No unificaron su régimen agrícola, o de educación; ni su legislación de vivienda o de régimen de previsión y seguridad social; tampoco su régimen laboral, y mucho menos el régimen tributario.

No interfirieron en la circulación de capital ni su política industrial.

(El Tratado Marco interfiere en todo ello y hasta en la nutrición).

Lo bueno simplemente lo copiaban los otros y así se generalizó. Lo malo no se perpetuó mediante el cabildeo de los grupos beneficiados. El daño de las medidas locales malas era notorio porque como no se habla unificado todo, pues era factible comparar las bondades o defectos.

Y así el daño de lo malo se circunscribía a un área pequeña por tiempo limitado y lo bueno se generalizaba.

3) Descartaron la planificación económica (socialismo) y adoptaron la economía de mercado (capitalismo), porque, en las palabras de uno de sus más influyentes y visionarios economistas hace 200 años: «El gobernante que intentara dirigir a los particulares acerca de la forma en que deberían emplear su capital, no sólo estarían asumiendo una preocupación innecesaria, sino algo que confiadamente no podría ser encomendado a una sola persona ni siquiera a un consejo, o un senado y que en manos de nadie sería tan peligroso como en las de alguien que tuviera la torpeza y presunción de considerarse capaz de ejecutarlo».

4) No hubo intento alguno, durante sus primeros 160 años, de promover desarrollo equilibrado. Los estados pobres sencillamente se beneficiaban del adelanto de los más avanzados.

Este modelo constituyó el ejemplo más fabuloso de la historia de la humanidad en cuanto a cómo elevó el nivel de vida de todos sus habitantes a niveles jamás soñados.

El modelo a que me refiero se llamó Estados Unidos de Norteamérica y tengan presente que no es el área del mundo más rica en recursos. Sin embargo es hoy el país más agrícola y más industrializado del mismo.

III

El proyecto de Tratado Marco constituye, según su servidor, un experimento social peligroso: su espíritu económico es mercantilista; su espíritu político totalitario.

Sus conceptos básicos están equivocados: disminuirá oportunidad de empleo de recursos humanos. Creará pocas plazas antieconómicas en comparación a las muchas que destruye y consecuentemente reducirá los ingresos de la población y las oportunidades de inversión.

La razón es por que un mercado común con tarifas arancelarias causa desviación antieconómica de recursos a saber:

1) Impide a los productores obtener sus materias primas del lugar del mundo donde son mas baratas y de mejor calidad;

2) Como consecuencia encarece los productos manufacturados dentro del área. Así es que no podían competir en mercados externos, ni tampoco en el mercado interno contra productos importados;

3) Afecta, por lo anterior, desfavorablemente la balanza de pagos;

4) Causa la inversión de nuestros escasos recursos de capital en actividades antieconómicas;

5) Reduce el poder adquisitivo de la población, reduciendo esto, a su vez, el ahorro interno, fuente de capital. Es, entonces, auto-agravante;

6) Reduce oportunidades de inversión al reducir el poder adquisitivo de la población;

7) Disminuye la capacidad tributaria del pueblo;

8) Causa subsidio de los países menos industrializados a los más, y consecuentemente engendra su propia destrucción.

Esta autodestrucción es certera por cuanto en última instancia, el Mercomún es un medio y no un fin. Si empobrece a los pueblos, tarde o temprano lo rechazarán.

IV

Desde el punto de vista jurídico-político dije arriba que el Tratado Marco era de concepción totalitaria. Veamos por qué: la autoridad máxima son los cinco comisarios. La autoridad del Consejo de Ministros es de forma solamente. Sus iniciativas son, «a propuesta de la comisión» o «previo dictamen de la comisión, frase que sigue a todas las supuestas atribuciones de todos los funcionarios. Se repite en el proyecto 78 veces.

Las constituciones no dicen, expresamente, que los pueblos en ejercicio de su soberanía, tienen prohibido delegaría a una entidad supranacional. Pero ¿no es aplicable a la soberanía el criterio de ser irrenunciable al igual que los derechos laborales y humanos? ¿Es delegable la soberanía aunque no esté prohibido delegaría? ¿Es constitucional un tratado que abroga la soberanía y le da el poder a una entidad supranacional?

Ejemplos de la manera en que la soberanía se delega abundan en el texto. Inclusive, en su Artículo 33 dice: «Cada uno de los estados miembros se obliga a no tratar de influir sobre ellos (los comisarios) en el desempeño de sus labores».

Por ello el periodo de funciones de los comisarios es de un año más que los períodos presidenciales. Diz que esto es para alejarlos de la política. Y he allí precisamente la revelación de la filosofía del Tratado: la democracia es inconcebible sin gobiernos políticos. Y por mala que sea la democracia es mejor que los gobiernos totalitarios «no políticos».

Es sintomático, inclusive, que la publicación oficial de SIECA diga: «Se prohibe a los particulares (nosotros, la mayoría de los ciudadanos) su reproducción total o parcial sin la autorización de la Secretaría Permanente». Presumo que ello fue lapsus, pero sin embargo, es sintomático.

Las consecuencias jurídicas del proyecto son de gran alcance. El poder arbitrario de los comisarios, que el Dr. Villagrán Kramer le llama «cheque en blanco», es evidente también del hecho que casi no hay norma sin excepción discrecional. La frase «sin embargo» aparece innumerables veces después de las aparentes normas. Bajo el régimen propuesto se podrá hacer lo que los comisarios permiten. Deja de prevalecer el principio de que se puede hacer lo que no está prohibido.

Ahora bien. Un régimen basado en la ausencia de normas generales, abstractas, imparciales, establecidas a priori, no se puede llamar un estado de derecho propiamente hablando.

En un estado de derecho, es decir, en un gobierno de leyes y no de hombres, los ciudadanos deben poder tener confianza de que los resultados de sus actos basados en ley serán respetados, aunque no resulten equilibrados. o al gusto de la autoridad. Sobre la Imposibilidad de un régimen propiamente de derecho en una economía dirigida se ha escrito ya bastante aunque en ciertos círculos esta literatura parece ser totalmente desconocida. Y esto se debe a que en un régimen basado en reglas establecidas antes del juego, no se puede pretender guiar hacia resultados predecibles planificados.

No es pues, simple exageración de mi parte aseverar que el régimen propuesto es el totalitarismo en persona metiendo el pie en la puerta de la democracia.

V

El modelo propuesto no es la única alternativa. No es la única política jurídico-económica dentro de las opciones. Creo que se debe rechazar de plano y en su totalidad por ser empobrecedor desde el punto de vista económico, totalitario desde el punto de vista jurídico, y desintegrante desde el punto de vista integracionista.

Creo que la alternativa que debe adoptarse es la de:

I. Liberar el movimiento de bienes, personas y capitales. (Para liberar se quitan trabas y reglamentos arbitrarios, no se inventan nuevos).

II. Simultáneamente a integrarnos los cinco países entre sí, integrarnos al mundo entero. (Para ello, se debe eliminar paulatinamente la muralla arancelaria, y no perpetuarla o «hacerla flexible», que es lo mismo que hacerla arbitraria).

III. Dejar que la asignación de recursos sea dirigida por el mecanismo de precios relativos de recursos escasos, con la dinámica que caracteriza el proceso de mercado (en vez de desviación antieconómica dirigida de recursos por cinco comisarios que creen poder dirigirlo arbitrariamente).

IV. Establecer un régimen de derecho, de leyes generales, abstractas, justas, establecidas a priori, que permitan a los individuos planear su actividad a largo plazo (y no un tratado que consiste principalmente en la enumeración de poderes arbitrarios e ilimitados de cinco comisarios).

Propongo, pues: desarrollo máximo integral y libre en vez de subdesarrollo equilibrado totalitario.