Año: 19, Octubre 1977 No. 400

¡No Me Defiendas Compadre! O Salario Mínimo y Desempleo

Hilary Arathoon

Antiguamente, en cualquier empresa, negocio u oficio, existían los llamados aprendices, jóvenes inexpertos que aprendían haciendo, la cual es la mejor forma de aprender.

Para el aprendizaje de cualquier negocio u oficio, se ingresaba a una temprana edad y el tiempo era más o menos largo, según la ocupación fuera ardua o sencilla. El ingreso generalmente obedecía a una solicitud de los padres y durante el tiempo de aprendizaje, el joven o la joven prestaban sus servicios gratis sin otra remuneración que la del aprendizaje.

En algunos casos se acostumbraba que los padres pagaran cierta mensualidad por el privilegio de que sus hijos fueran aceptados y tuvieran esa oportunidad. Pagaban gustosos como quien paga la educación que se recibe en un colegio o escuela. No era sino hasta después de algunos años, cuando el niño había adquirido ciertos conocimientos, que se le empezaba a dar cierta suma en reconocimiento de los servicios prestados, con lo cual se le recompensaba y se le estimulaba para continuar el aprendizaje. Los jóvenes aceptaban ese arreglo, como aceptan hoy día el ir a la escuela, porque se les había inculcado y ellos mismos comprendían que para abrirse paso en el mundo era necesario aprender y en vez de perder el tiempo en entretenciones ociosas, preferían emplearlo en algo útil. Las horas de trabajo eran de sol a sombra, porque nadie se consentía a sí mismo y con menos razón iban a consentir a los demás. Tampoco se consideraba explotación que los jóvenes trabajaran gratis, porque se comprendía que a cambio de ello estaban recibiendo instrucción.

Pero vino la revolución industrial y con ella una mayor productividad y, como consecuencia, una mayor bonanza y un aumento de oportunidades para obtener trabajo. Además, gracias al uso de maquinaria, las remuneraciones que los obreros podían alcanzar eran mayores y los padres no sentían la misma necesidad de colocar a sus hijos a trabajar a tan temprana edad y podían darse el lujo de retenerlos más tiempo en el hogar. También podían pagarles más tiempo en la escuela para que pudieran llegar mejor preparados y tuvieran mejor aceptación.

Con el advenimiento de las máquinas, se fue haciendo también innecesaria la utilización de mano de obra inexperta. Fue entonces cuando se comenzó a considerar explotación el trabajar de sol a sombra y se estableció como jornada máxima la de ocho horas al día de trabajo. Las máquinas y los nuevos inventos habían hecho posible esa reducción, pero los legisladores hicieron aparentar como si ello hubiera sido un triunfo de la legislación. Se estableció también la prohibición de emplear menores de edad debido al peligro que representaba el utilizarlos en la proximidad de las máquinas, con lo cual los legisladores se apuntaron un nuevo triunfo aunque con ello les cerraban la puerta a muchos niños necesitados de trabajo para subsistir.

Siguiendo esa misma línea de acción y esa misma filosofía, los legisladores de hoy han dispuesto fijar los salarios mínimos a los cuales es dable a un trabajador prestar sus servicios en cualquier negocio o industria, sin tomar en cuenta que con ello están infringiendo la libertad de trabajo y restringiendo las oportunidades de la juventud. La primera ley en ese sentido fue la «Fair Labour Standards Act», aprobada en 1938. Su fin primordial era garantizar «los niveles de vida mínimos exigidos por la salud, la eficiencia y el bienestar de los trabajadores...» Los que legislaban daban por supuesto que todo trabajador tiene derecho a exigir de su empleador un salario suficiente para disfrutar de un nivel de vida aceptable. Claro está que tal presunción sólo pudo haber ocurrido inicialmente en los países altamente industrializados, donde la inversión en bienes de capital, o sea en maquinaria «per capita». (es decir, por cada trabajador), hacía factible dicha presunción. Este tipo de legislación pronto fue copiado por los legisladores en otras partes, aun en países como el nuestro, donde la inversión de capital en maquinaria «per capita» es mucho menor y no justifica dicha pretensión. El resultado es que sólo ha sido posible aplicarlo en un número reducido de negocios o industrias.

La forma de aplicarlo es nombrando una comisión tripartita compuesta por representantes del gobierno, de la iniciativa privada y de los trabajadores para fijar dichos salarios, y generalmente se fijan a una altura igual o ligeramente mayor al promedio que se acostumbra pagar en plaza por dicha clase de servicios, con lo cual se pretende que se favorece al trabajador y se castiga a los empleadores que han venido pagando menos.

¿Cuáles son las consecuencias?

Dice Henry Hazlitt en «El Hombre contra el Estado Benefactor»: «Debería ser evidente que las leyes de salario mínimo perjudican sobre todo a quienes pretenden proteger. Cuando una ley ordena que nadie cobre menos de veintiocho dólares por cuarenta y cinco horas de trabajo a la semana, aquellos cuyos servicios, según estimación del empresario, no representen para él, el valor de ventiocho dólares semanales, no encontrarán trabajo. No podemos hacer que el trabajo de un hombre valga una cierta suma con sólo declarar ilegal el pagarle menos. Lo que conseguiremos es privar a dicha persona de ganar cuanto su capacidad y oportunidades le permitan, a la vez que privamos a la comunidad de los moderados servicios que esa persona es capaz de prestar. En otras palabras, a cambio de los bajos salarios, substituimos el desempleo o falta de ocupación para dicha persona».

¿Quiénes son las víctimas?

Las víctimas son los jóvenes. Donde antes les era factible obtener una colocación que aunque no les permitiera disfrutar de un nivel de vida que les proporcionara lo mínimo exigido por el bienestar y la salud, por lo menos les permitía contribuir a dicho bienestar mientras adquirían los conocimientos que les permitieran más tarde obtener remuneraciones mayores. Hoy se ven vedados a obtener dicha colocación y entre más grande sea el número de empresas, negocios u oficios en los que se establezca el salario mínimo, o lo que es lo mismo, en los que les esté prohibido trabajar por menos de cierta suma, menos serán las oportunidades que tengan de obtener una colocación en la que les sea dable aprender cómo ganarse la vida en una ocupación provechosa y útil, no solamente para ellos sino para la comunidad. Así es que, con este «cerrar de puertas a las oportunidades» que es a lo que equivale la «ley del salario mínimo», no son sólo ellos los perjudicados, sino la comunidad entera que se ve obligada a prescindir de sus servicios. ¿Qué de raro es entonces que estos jóvenes se dediquen a la pantomima de cuidar los automóviles estacionados en las calles, o a lavar coches, cuando no a robar, por falta de una ocupación adecuada que les permita ganar honradamente?

En los Estados Unidos de Norteamérica, las principales víctimas del salario mínimo son los negros. Mientras que en 1952 la tasa de desempleo para blancos y negros, entre jóvenes menores de veinte años de edad, era más o menos igual, en julio de 1973, según «Business Week», a los menores de veinte años les estaban virtualmente vedados los puestos de trabajo el desempleo entre jóvenes negros llegaba en algunas ciudades al cuarenta por ciento y cuanto más sube el salario mínimo, menos rentable resulta emplearlos. Y si tomamos en cuenta que los jóvenes adolescentes («teenagers») constituyen casi la quinta parte de la fuerza laboral, podremos comprender el daño que se les hace y que se le hace al resto de la comunidad.

Mientras que las leyes de salario mínimo pretenden mejorar los ingresos de los trabajadores marginales, su verdadero efecto es el contrario; hacer que no logren encontrar empleo a los tipos de salarios oficiales. Y cuanto más excede el salario mínimo del fijado por el mercado libre, mayor es el daño que provoca.

Usted mismo, querido lector o lectora, quizás tenga un presupuesto ajustado que sin embargo le permita dedicar cierta suma para la empleada o empleados que ejecuten los oficios domésticos, pero si, por disposición oficial, dicha suma se duplica, es posible que usted se vea obligado a prescindir de los servicios de dichas personas.

¿Quién habrá ganado? Usted saldrá perdiendo por verse obligado a prescindir de sus servicios y para ellos será poco consuelo el saber que oficialmente deberían ganar el doble, pero que no hay quién les ocupe por dicho sueldo.

A veces se pretende utilizar el salario mínimo como medio para compensar el alza en el costo de vida. En estos casos, en vez de aplicarse en un solo negocio o industria, se hace de aplicación general. Aquí también podría ser evidente que lejos de beneficiar a alguien en lo particular, únicamente contribuye a incrementar el proceso inflacionario, pues el resultado es un aumento en los costos de producción que no tarda en reflejarse en los precios de los artículos de consumo, con lo cual queda destruido o anulado el aumento salarial.

Debería ser fácil comprender que, en todo caso, es el consumidor y únicamente el consumidor el que paga los salarios. Que éstos no salen del bolsillo del empresario como ingenuamente se pudiera creer, sino que, como los demás costos de la producción, los salarios y demás prestaciones, se cargan directamente al precio del producto y son pagados por el consumidor. De modo que al decretar una alza de salarios, al que se está castigando no es al empresario, sino al consumidor, quien a través de sus compras resulta pagando no sólo el alza en su propio salario, sino el alza en el salario de los demás.

Claro está que al aumentarse los costos de producción, puede que un negocio o industria ya no sea rentable y quiebre o se vea precisado a cerrar. En tal caso también, los empleados, lejos de beneficiarse, perderían sus empleos y se verían más perjudicados aún.