Año: 34, Abril 1992 No. 748

N. D. Sobre este tema ver Tópicos de Actualidad: R. Juárez Paz Tres Falacias Internacionalistas (214). H. E. Arathoon: Fermín y Martín (295) J. F. Benfeldt: Los Prejuicios Moralizantes (627) A. Sherman: La Restauración de Adam Smith (637) J. F. Bendfeldt: Nos Oponemos al Progreso (698) J. F. Bendfeldt: La Solidaridad No-Intencional (746)

EL LUCRO: UNA SEÑA DE DIOS

Juan F. Bendfeldt

EI fraile dominico Francisco García, en su «TRATADO UTILISIMO DE TODOS LOS CONTRATOS, CUANTOS EN LOS NEGOCIOS HUMANOS SE PUEDEN OFRECER», impreso en Valencia en 1583, explica:«Tanto el comprador como el vendedor reciben un beneficio, porque el segundo necesita el dinero del primero, y éste necesita el producto del segundo. Por esta razón, cada uno recibe un beneficio o utilidad del otro».

Esta idea habría de ser re-descubierta por Adam Smith en su concepto más amplio de «la división del trabajo», y formulada de nuevo en una Ley de las ciencias sociales conocida como la Ley de Asociación, o Ley de Ricardo, en honor del economista del siglo XIX David Ricardo. Esta ley hoy se expone así:«En toda transacción voluntaria, las dos partes se benefician».

El economista Ludwig von Mises, en su tratado sobre «LA ACCION HUMANA» nos dice sobre este fenómeno: «La Ley de Asociación noshace comprender las tendencias que resultan en la progresiva intensificación de la cooperación humana. Concebimos así qué incentivos inducen a las personas a ya no considerarse a sí mismos como simples rivales de los demás, en conflicto por la apropiación de una limitada cantidad de medios de subsistencia hechos disponibles por la naturaleza. Nos percatamos de qué es lo que los mueve y los ha movido permanentemente a hacer acuerdos entre sí para cooperar. Cada paso adelante en el camino hacia formas más desarrolladas de la división del trabajo sirve a los intereses de TODOS los particulares».

Si más personas reconocieran la validez universal de esta idea no habría tanta violencia; habría paz. Se reconocería que el respeto a la propiedad, que al fin de cuentas es lo que negocian las personas entre sí, es la fuente del derecho. Se reconocería que aún cuando a un extraño las condiciones que observa en las transacciones de otros le parezcan inaceptables, las partes que libremente las han acordado reciben un mayor beneficio que si no llevaran a cabo la transacción. La sociedad o más apropiadamente, el orden social existe para servir al hombre, a todos los hombres individualmente considerados.

No es al revés. Ese orden social, en todas sus manifestaciones, ES EL BIEN COMUN a todas las personas que participan de él. Todos nos ponemos al servicio de los demás aunque no sea esa nuestra intención. Los incentivos del sistema económico-social son congruentes con la dirección del deber moral, no hay una contradicción o conflicto inherente entre los intereses individuales y el llamado «interés social».

La Ley de Asociación es importante para comprender cómo es el marco dentro del cual el juicio moral de las personas ocurre, sobre todo para las relaciones sociales distantes del ámbito de influencia directa de la decisión personal. No es el único marco, pero es el que les permite vincularse a la «gran sociedad».

Las decisiones morales son las que llevan a la persona a asociarse, a participar del BIEN COMUN que es el orden social, lo que las hace cooperar con otros, aunque no estén plenamente conscientes del alcance de sus actos. La moral presupone la existencia de la libertad personal para escoger. No puede uno ser moral sin la presencia de la posibilidad de ser inmoral, es decir, sin la tentación. Es cuando la persona escoge el curso de su acción, libremente, deliberadamente, que tiene cabida el enjuiciamiento moral. La Ley de Asociación permite comprender cómo, aún cuando el juicio moral del hombre lo limite a buscar lo bueno para sí mismo en el intercambio voluntario un juicio moral correcto en sí mismo y no proyecte hacia otros una intencionalidad determinada, sino una moralidad neutral, DE TODAS MANERAS hace posible, con su participación en el intercambio, que la otra persona reciba tambiénun beneficio. Si la transacción entre las partes es voluntaria, tampoco importaría que una de ellas, o ambas, creyeran que con su afán de lucro personal están provocando un perjuicio a la otra parte. Creerán así haber actuado inmoralmente, cuando en realidad el perjuicio a la otra parte no se provocó, no existió. Por sus malas intenciones serán juzgados, pero no por el resultado de sus acciones.

La economía explica cómo es que los compradores, que concurren al mercado con lasintencionesde pagar los precios más bajos y si pudieran pujarlos hacia abajo lo harían con sus actos resultan compitiendo entre sí por obtener los productos, lo que puja los precios para arriba. Es decir, la consecuencia no-intencional delas acciones individuales es exactamente la contrariaa las intenciones delos participantes. Y resulta lo mismo si describimos lo que sucede cuando los vendedores compiten entre sí;queriendo cobrar más, solamente logran vender más si bajan los precios. Es decir, haciendo exactamente lo contrario a sus intenciones originales.

En cierta forma, de esto se concluye que el «afán de lucro», la búsqueda del bien propio, es la señal interior de Dios que orienta el juicio moral de la persona común hacia la cooperación con los demás, aunque no sea esa la intención de la persona. Es la intención de Dios, pero deja a la persona libre para escoger; no a oscuras, sino con una pequeña orientación que la ilumina en su juicio.Para causar un bien a otros, no necesita la persona desearlo o tomarlo en cuenta; basta con que busque su propio bienestar a través de las transacciones voluntarias con otros.

Es cierto que la búsqueda del bienestar propio puede ser a expensas del bienestar de los demás, como es el caso de un robo o una estafa, actos moralmente censurables. Pero, ello no excluye la posibilidad de que esa misma fuerza pueda ser canalizada, por medio de transacción voluntarias, no solamente para resultar en el bienestar personal sino también en el de otros. Quienes censuran el ánimo de lucro o bienestar personal sin hacer esta distinción cometen una grave equivocación, más yo creo que se debe a su ignorancia de la posibilidad que aclara el comprender la Ley de Asociación.

El prestigioso Teólogo católico y analista social Michael Novak, en su «EL ESPIRITU DE CAPITALISMO DEMOCRATlCO» nos dice sobre esta «doctrina de las consecuencias no-internacionales»:«...en laeconomía las intenciones personales característicamente conducen a consecuencias no-intencionales. Hay una brecha entre ‘el hombre moral y la ‘no tan moral sociedad. Los economistas deben prestar mejor atención a las intenciones individuales y más atención a las consecuencias sistemáticas, aún cuando sean no-intencionales Por lo menos en las sociedades libres hay tantos agentes, intenciones y acciones que la línea que divide las intenciones de los resultados es demasiado compleja para que la mente humana pueda discernirla anticipadamente. Si hay un orden social, su racionalidad se hace aparente solamente después de los hechos. Su orden no puede ser planificado ni organizado por ninguno».

Más adelante Novak continúa:«La doctrina de las consecuencias no-intencionales dirige la atención del economista lejos de las intenciones morales de los individuo. y hacia las consecuencias finales de sus acciones. Más que eso, dirige su atención a los sistemas como sistemas. Esto condujo a la intuición que, entre las opciones disponibles, las esperanzas para encontrar una sociedad de una, libre y justa reposan en un sistema en el que se le confiere un status alto al comercio y a la industria (el intercambio y la producción)».

Es a la luz de estas reflexiones que las famosas frases de Adam Smith adquieren su verdadero sentido, y no como usualmente se las presenta como una apología de un egoísmo perverso: «Quien propone a otro un trato le está haciendo esta proposición. Dame lo que necesito y tendrás lo que deseas, que es el sentido de cualquier clase de oferta, y así obtenemos de los demás la mayor parte de los servicios que necesitamos. No es la benevolencia del carnicero, del cervecero o del panadero la que nos procura el alimento, sino la consideración de su propio interés. No invocamos sus sentimientos humanitarios sino su egoísmo; ni les hablamos de nuestras necesidades, sino de sus ventajas»

«LUCRO PRIVADO Y LUCRO COLECTIVO»

« Las utilidades son la consecuencia socialmente positiva de una actitud ética superior basada en más virtudes que vicios. En un sistema de libre empresa, la avaricia y el egoísmo son rebasados con creces por la prudencia, el ahorro, la fortaleza, la abstinencia, la templanza y el sacrificio del consumo presente».

«Pero además, en un sistema de libre empresa no se permite tampoco lucrar fuera del marco ético-jurídico. Por supuesto hay excepciones en que las utilidades se obtienen inmoralmente. Tales conductas deben ser corregidas, sin duda. Empero, el beneficio obtenido por la vía honesta es un medio superior no sólo porque deriva de una conducta respetable, sino porque da lugar al bien social».

Francisco Pérez de Antón

ETICA DE LA LIBERTAD

1991