Año XLVI Febrero de 2006 No. 937

Gerald P. O’Driscoll y Lee Hoskins Derechos de Propiedad: La clave del desarrollo económico
Segunda Parte

Economía, derechos de propiedad y desarrollo Armen Alchian, Ronald Coase y Harols Demsetz fundaron la escuela económica moderna sobre derechos de propiedad. Buscaban no sólo delinear la importancia de un sistema de derechos de la propiedad privada para el funcionamiento eficiente de una economía sino identificar las circunstancias que conducen a la asignación y formación de los derechos de propiedad, Alchian manifestó:

Por sistema de derechos de propiedad debe entenderse un método de asignar a individuos particulares la "autoridad" para seleccionar, con relación a bienes específicos, cualquier uso de un grupo permitido de usos. Como sugerí en los comentarios precedentes, los conceptos de "autoridad" y, de "permitido" dependen de un concepto de exigencia de cumplimiento o de inducción a respetar la asignación y el alcance de la elección prohibida. Un derecho de propiedad para mí significa una protección contra la elección que otras personas pudieran efectuar contra mi voluntad de algún uso de los recursos catalogados como "míos"47.

Coase muestra que el modo en que los derechos se asignan o dividen inicialmente no afecta la manera en que se usan los recursos cuando no hay costos de transacción asociados a intercambios voluntarios de propiedad ni costos de vigilancia48. Puesto que existen costos de vigilancia y costos de transacción asociados a la definición y protección de los derechos de propiedad, tales derechos resultan definidos protegidos sólo cuando los beneficios de hacerlo superan a los costos.

Es un error suponer que la tarea de asignación, definición y protección de los derechos de propiedad corresponde exclusivamente al Estado. Los derechos de propiedad se desarrollaron a partir de la costumbre y la tradición mucho antes de que existieran las naciones. En Property and Freedom, Richard Pipes reseña a la evolución de las instituciones de la propiedad desde los tiempos primitivos hasta la aparición del Estado. Observa que "en la mayoría de los países la propiedad tomó la forma de posesión, cuya justificación no se hallaba en documentos (títulos) legales sino en la tenencia prolongada, a la cual la costumbre reconocía como prueba de titularidad de la propiedad"49. Sólo más tarde llegó a regularizarse la propiedad, con la aparición del Estado 50.

Hoy en día los derechos de propiedad suelen acordarse primero entre individuos o empresas y luego obtienen el reconocimiento de la ley. Sin embargo, los gobiernos en todos sus niveles continúan debilitando los derechos de propiedad mediante una diaria profusión de normas que afectan el uso de la propiedad privada.

Los dos elementos esenciales de los derechos de propiedad son: 1) el derecho exclusivo de los individuos a usar sus recursos como juzguen conveniente siempre que no violen los derechos de otro y 2) la capacidad de los individuos para transferir o intercambiar esos derechos a voluntad. El grado en el cual se respetan esos elementos y se exige su cumplimiento determina la eficiencia con la que los precios en una economía asignan los bienes y servicios. Tanto la experiencia como la teoría indican que las economías con sistemas de precios eficientes son mejores en la producción de riqueza. En resumen, cuanto más fuerte es el sistema de derechos de la propiedad privada, tanto mejor es la economía para asignar con eficiencia los recursos y ampliar las oportunidades de creación de riqueza 51.

Los individuos de todas las sociedades tienen conflictos de intereses. Una forma en que se resuelven es a través de la competencia. El sistema de derechos de propiedad en una sociedad define las formas permisibles de competencia. Un sistema de propiedad privada otorga el derecho exclusivo a los individuos de usar sus recursos como deseen y de transferirlos a voluntad 52. Tal sistema prohíbe la fuerza y, alienta la cooperación. De hecho, la competencia económica es un sistema de cooperación social 53. Cuanto más amplia y fuerte es la protección de los derechos de la propiedad privada, más eficaces resultan los precios para asignar recursos y, cuanto más eficiente es esa asignación, mejor es la creación de riqueza.

Resulta esclarecedora la relación entre la protección de la propiedad definida en términos de la transparencia, la independencia y la eficiencia del sistema judicial y la riqueza, medida en PIB per cápita de 150 países del mundo. En promedio, medido en términos de paridad de poder adquisitivo, el PIB per cápita de los países con mayor protección de la propiedad (US$23.769) duplica al de aquellos que brindan una protección regular (US$13.027). Una vez que la protección de la propiedad muestra claras señales de deterioro (protección moderada), aunque no tengan un sistema judicial totalmente corrupto, el PIB per cápita se reduce a un quinto del de los países con mayor protección (US$4.963). Los países con un sistema judicial muy corrupto son también, en promedio, muy pobres (US$2.651) 54.

Algunos economistas plantean el problema de los costos externos como objeción a un sistema fuerte de derechos de propiedad. La existencia de costos externos se usa para justificar la acción del gobierno tendiente a debilitar los derechos de propiedad privada. Mientras que la existencia de una externalidad o "falla de mercado" es una condición necesaria para la intervención gubernamental, no es una condición suficiente. Las acciones del gobierno tienen sus propios costos, los cuales deben confrontarse con los potenciales beneficios de esas acciones 55. Sin embargo, muchos países imponen leyes que debilitan los derechos de propiedad ante el mínimo indicio de un costo externo. La legislación afecta la actividad económica porque interfiere con los derechos de la propiedad privada en su intento de modificar, suplantar o reemplazar los resultados del mercado con los exigidos por el gobierno. Como consecuencia, la desregulación responde al reconocimiento de que fortalecer los derechos de propiedad garantiza el mejor uso de los recursos 56.

Aunque la preservación de los derechos de propiedad claramente aumenta el crecimiento de los países y sus perspectivas de desarrollo, puede resultar arriesgado asignar y exigir el cumplimiento de los derechos de propiedad en algunas áreas. Esto es particularmente cierto con respecto a los bienes basados en el conocimiento y el uso económico de algunos recursos naturales. En ambos casos, es muy difícil alcanzar un consenso entre las naciones, ya sea sobre cómo definir los derechos de propiedad o sobre qué tipo de mecanismo internacional debería crearse para hacerlos cumplir. En este sentido, el medio ambiente y los bienes basados en el conocimiento continuarán estando en el centro de los mayores conflictos potenciales sobre derechos de propiedad. No obstante, sigue en pie el hecho de que la protección eficaz de la propiedad es el único medio efectivo para que las sociedades hagan uso de lo que poseen, del modo más eficiente, para promover tanto el crecimiento económico como la prosperidad57. Desarrollar sistemas fuertes de derechos de propiedad en países pobres no es tarea sencilla. Establecer una forma democrática de gobierno no garantiza un sistema sólido de derechos de propiedad. Hay numerosas democracias pobres y antiliberales que violan o menoscaban con desenfreno los derechos de la propiedad privada; en tal sentido Argentina es el ejemplo más reciente y flagrante58. Tampoco es evidente, que la democracia sea una condición necesaria para la protección de los derechos de propiedad, pues los derechos de propiedad han recibido fuerte protección durante dictaduras (Chile) y por parte de autoridades externas (Hong Kong). Sin embargo, los sistemas más fuertes parecen hallarse en democracias prósperas y establecidas. Su éxito no proviene de la existencia de gobiernos fuertes sino de gobiernos preocupados por proteger la propiedad y el uso de esa propiedad en el comercio por parte de los individuos. En palabras de Hayek:

No fue bajo los gobiernos más poderosos, sino en las ciudades del Renacimiento italiano, del sur de Alemania y de los Países Bajos, y finalmente en la Inglaterra ligeramente gobernada, es decir, bajo el gobierno de los burgueses antes que de los guerreros, que surgió el industrialismo moderno. La protección de las respectivas propiedades y no la dirección de su uso por el gobierno, sentó las bases para el crecimiento de la densa red de intercambio de servicios que dio forma al orden extensivo 59.

Lo que beneficiaría a la mayoría de los países menos desarrollados sería prestar mayor atención al establecimiento y la protección de los derechos de propiedad. Pero la mayor parte de la ayuda de las Naciones Unidas, del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial está dirigida hacia otras metas y a menudo menoscaba los derechos de propiedad. Proteger la propiedad, permitir a los individuos satisfacer su propio interés y abrir el comercio son las acciones que más favorecen el crecimiento económico.

Corrupción

Los funcionarios que están a favor del desarrollo cada vez centran más su atención en la corrupción como impedimento al desarrollo. Tradicionalmente los economistas han sostenido dos opiniones distintas acerca de la corrupción. Robert Barro ha sugerido que, en ciertas circunstancias, la corrupción puede tener efectos beneficiosos.

En ciertas circunstancias, la corrupción puede ser preferible al cumplimiento honesto de leyes malas. Por ejemplo, los resultados pueden ser peores si una norma que prohíbe alguna actividad económica conveniente se cumple a rajatabla en lugar de evitarse a través de sobornos. Sin embargo la economía resultará obstruida cuando puedan emprenderse pocas actividades legítimas sin sobornos. Por ello, el efecto global de una mayor corrupción oficial puede ser ambiguo60.

Muchos economistas estarían de acuerdo con el enfoque costo/beneficio respecto de la corrupción, si no fuera por la ambigüedad moral, que en apariencia subyace bajo esta postura. Desde este enfoque, existe un grado óptimo de conducta respetuosa de la ley. Los economistas tenderían a estar de acuerdo aún más fuertemente con la, postura de Barro respecto de la actividad del mercado negro, que él ve como una adaptación a sistemas de derechos de propiedad mal definidos, altas tasas tributarias y normas opresivas. Operando en el sector informal, los individuos son capaces de llevar a cabo una actividad económica que de otra manera quedaría en manos de instituciones débiles y políticas deficientes. Aun así, existen costos reconocidos en términos de ineficiencia, incapacidad para hacer cumplir los contratos y pérdida de ingresos tributarios 61.

Hernando de Soto describió de manera gráfica los costos para los empresarios que operan en el mercado negro:

Contrariamente a lo que dice la sabiduría popular, operar en una economía informal no está, libre de costos. Los negocios que están fuera de la ley son gravados por la ausencia de buenas leyes de propiedad y por tener que ocultar continuamente sus operaciones de la vista de las autoridades. Por no estar debidamente constituidos en sociedad, estos empresarios no pueden atraer inversionistas vendiendo acciones; no pueden acceder a créditos formales de bajo interés porque ni siquiera tienen domicilio legal. No pueden reducir riesgos declarando tener responsabilidad limitada o adquiriendo una cobertura de seguros. El único "seguro" al que pueden acceder es aquel que les proporcionan sus vecinos y la protección que las mafias o los matones locales están dispuestos a venderles. Además, como los empresarios que se hallan fuera de la ley viven en constante miedo a la detección del gobierno y la extorsión de funcionarios corruptos, se ven forzados a dividir y compartimentar sus instalaciones de producción entre varios lugares distintos, de suerte que rara vez alcanzan economías de escala. En Perú, el 15% del ingreso bruto de la fabricación en el sector fuera de la ley se gasta en sobornos, incluyendo desde "muestras gratis" y "donaciones" especiales de mercadería hasta dinero contante y sonante. Con un ojo siempre a la expectativa de la policía, los empresarios informales no pueden hacer anuncios abiertamente para incrementar su clientela o bajar los costos mediante entregas en grandes cantidades a los clientes 62.

La investigación de De Soto lo llevó a concluir que, cuando los empresarios pueden obtener títulos para su propiedad y operar legalmente, vale la pena pagar impuestos para evitar los costos que trae aparejados la actividad informal. Los pobres no eligen operar ilegalmente movidos por la predisposición a adoptar conductas ilegales. Con relación al proceso de migración urbana en los países en desarrollo. De Soto escribió que "en cada país que investigamos, descubrimos que es casi tan difícil seguir siendo legal como hacerse legal. Inevitablemente, quienes migran quebrantan menos la ley de lo que la ley los quebranta a ellos... y entonces optan por quedar fuera del sistema"63.

Una creciente cantidad de observadores de países en desarrollo desacreditan los efectos de la corrupción generalizada. Alejandro Chafuén y Eugenio Guzmán escribieron:

No obstante, la misma actividad corrupta que podría permitirle a una persona evitar la carga de una ley injusta podría también permitir a otra evitar el cumplimiento de leyes justas. El burócrata que acepta un soborno para ayudar a una persona con una operación comercial podría también aceptar un soborno para dejar a otra fuera de actividad. Los funcionarios que aceptan sobornos para acelerar un trámite habitual del comercio también podrían aceptar un soborno para dejar a alguien indefenso contra el chantaje. Los ejecutivos de empresas con base en Estados Unidos suelen ser víctimas de tales conductas burocráticas64.

Existe amplia evidencia de que Chafuén y Guzmán estaban en lo correcto. En el reciente estudio de Roll y, Talbott, la corrupción (el factor "mercado negro" del Índice de Libertad Económica de Heritage Foundation) tiene un gran efecto negativo y estadísticamente significativo en el ingreso nacional bruto real per cápita. Lo único que supera a esa variable en cuanto a la influencia sobre el estándar de vida de un país son los derechos de propiedad. Una vez que la corrupción echa raíces, es difícil de erradicar. Los pagos ilícitos recibidos por funcionarios gubernamentales se vuelven parte de su remuneración. Las oficinas aduaneras pueden llegar a ser poco más que sistemas para recaudar sobornos.

Una salida a este problema para los gobiernos ha sido emplear empresas privadas, como la empresa suiza Société Générale de Surveillance, para hacer cumplir las normas o incluso recaudar los derechos aduaneros. En Perú el gobierno de Fujimori autorizó a varias empresas fiscalizadoras para supervisar el preembarque de los artículos de importación, lo cual se utilizaría como referencia válida para la liquidación de derechos y despachos de aduana. Este esquema competitivo privado aumentó la recaudación de ingresos por aranceles y redujo los retrasos en los despachos65. El gobierno establece la normativa y los aranceles, pero la empresa con fines de lucro las hace cumplir. Dado que su reputación está en juego, la empresa empleará recursos para combatir la corrupción.

Otra posibilidad es que un país disminuya los incentivos para pagar sobornos modificando las políticas económicas. Las complejas clasificaciones arancelarias que contienen grandes variaciones en las tasas generan incentivos para los importadores que buscan un trato favorable de parte de las autoridades aduaneras respecto de la categoría en la que se clasifica un artículo. Chile introdujo un esquema de arancel único para la mayoría de los bienes, lo cual disminuyó considerablemente la búsqueda de rentas, aunque todavía dejó un elevado arancel del 10%. En 1991, el gobierno anunció una política de reducción del arancel único del orden de un punto porcentual por año, hasta que alcanzó el 6% en 2003 66.

Aunque no es imposible, erradicar la corrupción que ha echado raíces desafía al sistema político. Sin duda, esa consideración llevó a Thomas Jefferson a argumentar que la mejor cura es la prevención:

La naturaleza humana es igual a los dos lados del Atlántico y se ve afectada de manera semejante por las mismas causas. El momento para protegerse contra la corrupción y la tiranía es antes de que éstas se apoderen de nosotros. Es mejor mantener al lobo fuera del corral, que confiar en poder extraerle los dientes y garras una vez que haya entrado 57.

En general, los países que han mantenido a raya al lobo han prosperado. Los países escandinavos son famosos por su bajo nivel de corrupción política. A pesar de impuestos onerosos, sus ciudadanos disfrutan de altos ingresos reales en términos comparativos Finlandia y Dinamarca suelen mencionarse como lugares favorables para realizar negocios. Con la excepción de Noruega (nuevamente la maldición del petróleo"), disfrutan de altos niveles de libertad económica 68.

Como analizaron Chafuén y Guzmán, la corrupción debilita los derechos de propiedad al volverlos inseguros. En una sociedad políticamente corrupta, la capacidad para abrir un negocio y continuar operando no está regida por las leyes, sino por el capricho burocrático. El imperio de los hombres sustituye al imperio de la ley. Cuanto mayor es el grado de corrupción, menos garantizados están los derechos de propiedad. Por ello cabría esperar una correlación negativa entre la seguridad de la propiedad privada y el nivel de corrupción69.

El sector informal es una salida para la actividad empresarial en economías reprimidas. Ese sector es una válvula de escape para los pobres y los carentes de derechos desde el punto de vista económico. No obstante, ello también puede debilitar los derechos de la propiedad privada. Cuando en el mercado negro se venden "imitaciones” productos que violan los derechos de autor y las marcas registradas , se perjudican los productores de los artículos originales. Éste no es un argumento para acosar a los empresarios del sector informal, sino para reformar las políticas que hacen que los empresarios terminen en el mercado negro.

Tales reformas incrementarán la seguridad de la propiedad privada, lo cual a su vez llevará a los participantes del sector informal al sector formal. De Soto se ha expresado en forma elocuente sobre el modo en que los pobres se benefician cuando se proporcionan los medios para formalizar la actividad informal. Una vez que un empresario que está fuera de la ley cumple con los requisitos legales y llega a obtener el título de propiedad sobre sus bienes, el mundo entero del crédito se abre ante él. Sus activos "pueden servir de garantía para obtener un crédito. La fuente más importante de fondos para los nuevos negocios en Estados Unidos es la hipoteca de la casa del emprendedor"70.

De Soto y sus colegas calcularon la cantidad de "capital muerto" en activos sin título que tienen los pobres del mundo en "al menos US$9,3 billones"71. Estimó que el valor de los ahorros de los pobres es "40 veces la totalidad de la ayuda extranjera recibida en todo el mundo desde 1945" 72. Haití, el país más pobre de América latina, ejemplifica el proceso:

En Haití... el total de activos de los pobres es más de 150 veces superior al total de la inversión extranjera recibida desde que Haití se independizó de Francia, en 1804. Si Estados Unidos aumentara su presupuesto destinado a la ayuda extranjera al nivel recomendado por las Naciones Unidas 0,7% del ingreso nacional al país más rico sobre la tierra le llevaría más de 150 años transferir a los pobres del mundo recursos iguales a los que ya poseen 73.

En resumidas cuentas, la ausencia de derechos de propiedad firmes es la causa de la corrupción, y la creación de derechos de la propiedad privada sería la cura para la corrupción. Si pudieran operar en un entorno de derechos de propiedad garantizados, los pobres del mundo verían solucionada su apremiante situación. Por cierto, garantizada la propiedad sobre sus bienes ya acumulados, los pobres ya no lo serían tanto.

La política de Estados Unidos: Primero, no hacer daño

Con suma frecuencia la política de ayuda de Estados Unidos, bilateral y multilateral, ha resultado contraproducente, con lo cual la gente de los países receptores salió perjudicada más que beneficiada. La asistencia económica directa de Estados Unidos, por medio de USAID (Agencia de Estados Unidos para el desarrollo internacional) y otras agencias, y la asistencia indirecta canalizada a través de instituciones como el Banco Mundial, no han logrado estimular el desarrollo económico y demasiado a menudo han sostenido a instituciones corruptas74.

Quedó demostrado que lo que Melvyn Krauss catalogó de "consenso de la opinión experta" sobre desarrollo en las décadas de 1950, 1960 y 1970 resultó en gran medida equivocado75. Las panaceas del desarrollo no han ocasionado la prosperidad sino la penuria en muchísimos países en desarrollo. La propiedad privada había sido omitida de aquel consenso76.

Actualmente la política oficial de ayuda de Estados Unidos y de numerosas instituciones multilaterales tiene por finalidad ayudar a países en desarrollo a construir un estado de derecho y un sistema de propiedad privada. El problema es que tales esfuerzos en gran medida no prestan atención a la historia de la propiedad privada en Estados Unidos y otros países donde los derechos privados cuentan con una fuerte protección. En Ministerio del capital, Hernando de Soto busca enseñanzas de la historia de Estados Unidos que podrían aplicarse a los países en desarrollo. La enseñanza que cosechó fue que cada país debe desarrollar su propio sistema de derechos de propiedad de acuerdo con su propia historia 77.

Richard Pipes se abocó a la historia de la propiedad en dos países: Inglaterra y Rusia. También presentó datos correspondientes a algunos otros países, como Francia, España, Portugal, Suecia y Países Bajos78. Hay un tema común a todas las historias. La propiedad y la libertad surgieron de una batalla sobre las finanzas entre un órgano representativo y un rey o gobernante. Cuando el gobernante se veía obligado a confiar en el parlamento o su equivalente como fuente permanente de ingresos, la propiedad recibía protección y prosperaba la libertad. Cuando el gobernante no se veía obligado, sucedía lo contrario.

En Rusia, la soberanía y la propiedad se fusionaron. En consecuencia, el gobernante déspota de Rusia no tenía necesidad de una asamblea representativa para obtener ingresos. En otros países, la historia fue mixta. El rey inglés llegó a depender cada vez más del Parlamento para obtener ingresos y, por lo tanto, el Parlamento ganó supremacía. La batalla estuvo siempre expresada en términos de protección de la propiedad y la libertad frente a los abusos del rey:

La originalidad del parlamento inglés, por lo tanto, no radica en su antigüedad y función sino en su longevidad, pues fue de fortaleza en fortaleza, mientras que sus pares continentales, salvo honrosas excepciones (Polonia, Suecia y Países Bajos), no sobrevivieron a la era del absolutismo real 79.

La exportación del sistema de derechos de propiedad privada de un país acaba por ocasionar la exportación de su historia y de su cultura política. Ello no se ha realizado con buenos resultados excepto a través del régimen colonial, y sólo con eficacia en el caso del imperio británico. La historia no se repite a sí misma y a la cultura política estadounidense le resulta ajeno el régimen colonial. Así, es limitado el alcance de la asistencia oficial efectiva en este proceso.

Siguiendo a De Soto, vemos la necesidad de que cada país en desarrollo resuelva el problema de desarrollar un sistema de propiedad privada en términos de su propia historia. Las economías de transición de Europa central y oriental tuvieron la ventaja, en diferentes grados, de una historia presoviética de instituciones económicas y políticas libres para usar como base. En algunos casos, el de los países bálticos (especialmente Estonia) y Polonia, la transición ha sido verdaderamente rápida.

Para los países carentes de una historia de libertad similar, el proceso será necesariamente más largo. Es improbable que resulte un proceso atractivo para los de afuera. Rusia es un ejemplo clarísimo. La política de Estados Unidos está limitada en su capacidad para contribuir en forma directa a la evolución del estado de derecho y la propiedad privada en tales países.

La trayectoria desde la Carta Magna hasta la supremacía parlamentaria en Inglaterra llevó alrededor de medio milenio. ¿Es razonable suponer que un país como Rusia pueda alcanzar el mismo grado de protección de la propiedad privada en un estado de derecho en menos de un siglo?

Lo que el gobierno de Bush puede y debe hacer es procurar con vehemencia la liberalización del comercio en los países en desarrollo. Las barreras arancelarias y no arancelarias golpean con más fuerza sobre todo a las exportaciones de los países en desarrollo, en especial a las exportaciones de productos agrícolas y textiles. Muchos de los beneficios proclamados por los defensores de la ayuda, los cuales rara vez se concretan mediante ella, en realidad resultan del comercio internacional. Más aún, los países en desarrollo que abren sus mercados al comercio ponen en marcha un proceso de cambio institucional que puede llevar a establecer el estado de derecho. Robert Zoellick, el Representante Comercial de Estados Unidos, ha propuesto una serie de iniciativas comerciales para ayudar a los países en desarrollo, que la administración Bush debería impulsar 80.

Conclusión

El desarrollo económico histórico sólo puede explicarse por la propiedad privada, el estado de derecho y otras, instituciones clave. Los economistas clásicos lo comprendieron, pero no hicieron hincapié en aquello que consideraban obvio. A medida que la economía maduraba como disciplina en el siglo XIX, las ideas fundamentales de los derechos de propiedad empezaron a formarse. En el siglo XX, los economistas llegaron a enamorarse de la macroeconomía y se volvieron expertos en microeconomía e instituciones.

El auge de la nación estado omnipotente en el siglo XX, acompañado por la decadencia de las ideas liberales clásicas, hizo que los economistas perdieran de vista los fundamentos del desarrollo. Los economistas llegaron a aceptar disparates como hechos. "El PNB real soviético ha crecido con mayor rapidez en el largo plazo que la mayoría de las principales economías de mercado", afirmó Paul Samuelson en la 13ª edición (1989) de su famoso libro, aunque el Muro de Berlín estaba por caer" 81.

Las enseñanzas de la economía de los derechos de propiedad todavía tienen que materializarse efectivamente en la política de los organismos de ayuda bilateral y multilateral. Transferir los recursos de la ayuda desde los programas de desarrollo en boga hacia mecanismos institucionales que protejan la propiedad, mejoren los sistemas de precios del mercado y reduzcan las barreras comerciales puede brindar a los pobres la oportunidad de un futuro económico mejor. Más probable es que los países necesiten desarrollar por sí mismos las instituciones necesarias. Promover el libre comercio es una forma práctica de fomentar el estado de derecho y la protección de la propiedad privada.

50. Ibíd., págs. 97 98. Las leyes de la posesión, la herencia y la costumbre preceden al Estado. Este criterio concuerda con el de Hayek. Ver, por ejemplo, F. A. Hayek, Law, Legislation and Liberty: Volume I: Rules and Order (Chicago: University of Chicago Press, 1973 ). De Soto se centra en la ausencia de títulos legales de propiedad en países en desarrollo, a pesar de haber Estados bien desarrollados. Concluye que "la única manera de encontrar fuera de la ley un contrato social sobre la propiedad en un área dada es mediante el contacto con aquellos que viven y trabajan conforme a éste". Esto es, buscar a quien lo posee y es aceptado como propietario por la costumbre, De Soto, pág. 182.

51. Ver James Gwartney y Robert Lawson, Economic Freedom of the World: 2002 Annual Report (Vancouver, B. C.: The Fraser Institute), págs. 6-7

52.Alchian, págs. 127-129.

53. Mises, págs. 143-145.

54. Hoskins y Eiras, pág. 40.

55. Ésta es la principal enseñanza de la Teoría de Public Choice. James Buchanan y Gordan Tullock, The Calculus of Consent: Logical Foundations of Constitutional Democracy (Ann Arbor, Mich: University of Michigan Press, 1962), ver, además, www.econlib.org/library/Buchanan/buchCv3cl.html. Esto produjo una profusión de trabajos sobre "fallas de mercado" y "fallas políticas". En 1986, Buchanan ganó el Premio Nobel de economía en parte por esta contribución.

56. Hoskins y Eiras, pág. 40.

57. Ibíd., pág. 46.

58. Fareed Zakaria, "The Rise of Illiberal Democracy" Foreign Affairs (noviembre/diciembre de 1967), págs. 22-43. Ver, además, Fareed Zakaria, The Future of Freedom (Nueva York: W.W. Norton, 2003).

59. Hayek, The Fatal Conceit, pág. 33.

60. Robert J. Barro "Rule of Law, Democracy, and Economic Performance", en Gerald P, O'Driscoll, Jr., Kim R. Holmes y Melanie Kirkpatrick, 2000 Index of Economic Freedom (Washington: The Heritage Foundation y Dow Jones, 2000) pág. 36. Comparar con David Osterfeld, Prosperity versus Planning: How Government Stifles Economic Growth (Nueva York: Oxford University Press, 1992), págs. 204-218.

61. Barro, pág. 32. Comparar con Enrique Ghersi, Teoría de la corrupción (Lima: Cecosami Editores 2003); y Enrique Ghersi, "Economía de la corrupción", Centro de Divulgación del Conocimiento Económico, Caracas, Monografía 73, sin fecha, www.cedice.org. ve/archivos/ghersi3. doc.

62. De Soto, pág. 155,

63 Ibíd., pág. 21.

64. Alejandro Chafuén y Eugenio Guzmán, en O'Driscoll, Holmes y Kirkpatrick, pág. 61. Comparar con John Mukum Mbaku, "Bureaucratic Corruption in Afríca The Futility of Cleanups", Cato Journal 16, No. 1 (primavera/verano de 1996).

65. Roberto Abusada Salah, Javier Illescas Mucha, Sara Taboada Peña, Integrando el Perú al mundo (Lima, Perú: Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico e Instituto Peruano de Economía, 1ª ed., 2001), pág. 93; Richard Webb, citado en "Mar de Fondo", Caretas, 25 de mayo de 1995, Lima, Perú, "Congreso eliminó régimen de supervisión de importaciones", en Diario Gestión, 21 de mayo de 2003, Lima, Perú. Agradecemos a Alejandro Caballero Aste por su ayuda en la investigación sobre este tema. Recientemente el Congreso peruano ha decidido renacionalizar la supervisión de importaciones.

66. José Piñera y Aaron Lukas, "Chile Takes a Bold Step Toward Freer Trade", Wall Street Journal, 15 de enero de 1999.

67. Thomas Jefferson, Autobiography, Notes on the State of Virginia Public and Private Addresses, Letters (Nueva York: Literary Classics of the United States, 1984), pág. 671. Citado en Chafuén y Guzmán, pág. 61.

68 Sara J. Fitzgerald, Scandinavia's Changing Political and Economic Landscape", en O'Driscoll, Feulner y O'Grady, págs. 39-47. Comparar con Gwartney y Lawson.

69. Chafuén y Guzmán (págs, 55 61) encontraron una fuerte correlación negativa entre libertad económica y corrupción.

70. De Soto, pág. 6.
71. Ibíd., pág. 35
72. Ibíd., pág, 5.